Requisitos de marcado para paquetes de materiales peligrosos

Título 49 del CFR, Parte 172.300; Sección 7 de la IATA

Los requisitos de marcado establecen una comunicación clara y precisa sobre el material de un paquete.

La documentación del envío de UPS o las declaraciones del remitente no sustituyen a las marcas requeridas para los paquetes.

Los paquetes deben marcarse de acuerdo con los requisitos del título 49 del CFR o de la IATA. Cada paquete debe ir marcado de forma duradera en inglés con la siguiente información mínima sin excepción:

No se acepta el marcado terrestre, tal como cantidad limitada y líquidos combustibles, en envíos de servicio terrestre a/desde AK, HI, PR, Avalon, CA, así como otras ubicaciones insulares a las que solo se presta servicio por avión; consulte “Variaciones específicas de modo” para obtener más información.

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