Códigos de exención ITAR DDTC

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Código

Descripción

123.4A1

22 CFR 123.4 (a) (1) Importación temporal de EE.UU.: artículos de defensa en origen para el mantenimiento, la inspección, pruebas, calibración, reparación, revisión, reacondicionamiento o sustitución uno por uno de artículos defectuosos.

123.4A2

22 CFR 123.4 (a) (2) Importación temporal de artículo de defensa con origen en EE.UU. que mejorar, actualizar o incorporar a otro artículo cuya exportación permanente haya autorizado la Junta directiva de controles de defensa.

123.4A3

22 CFR 123.4 (a) (3) Importación temporal de artículos de defensa con origen en EE.UU. para demostraciones o marketing.

123.4A4

22 CFR  123.4 (a) (4) Importación temporal de artículos de defensa con origen en EE.UU. que el Tesoro ha rechazado para su importación permanente.

123.4A5

22 CFR 123.4 (a) (5) Importación temporal de artículos de defensa con origen en EE.UU. aprobados para su importación bajo el programa de ventas militares para el extranjero.

123.4B

22 CFR 123.4 (b) Importación temporal pero sin exportación subsiguiente de artículo incorporado en otro artículo.

123.6

22 CFR 123.6 Desde EE.UU. a una zona de comercio exterior o a un almacén de depósito de aduanas.

123.9E

22 CFR 123.9 (e) Reexportación o retransferencia de artículos con origen en EE.UU. incorporados en un artículo de defensa extranjero para un gobierno de un país de la OTAN o los gobiernos de Australia o Japón.

123.11B

22 CFR 123.11 (b) El navío o la aeronave no entra en aguas o espacio aéreo territoriales si no se transportan artículos de defensa como carga.

123.12

22 CFR 123.12 Envíos entre posesiones de EE.UU.

123.13

22 CFR 123.13 Artículo de defensa en envío aéreo doméstico a través de un país extranjero.

123.16B1

22 CFR 123.16 (b) (1) Artículos de defensa de respaldo a acuerdos.

123.16B2

22 CFR 123.16 (b) (2) Componentes o piezas de repuesto de menos de 500 USD.

123.16B3

22 CFR 123.16 (b) (3) Cajas de embalaje para artículos de defensa.

123.16B4

22 CFR 123.16 (b) (4) Modelos y réplicas.

123.16B5

22 CFR 123.16 (b) (5) Exportación temporal para exposición pública, feria, espectáculo aéreo o evento relacionado si se otorgó anteriormente a dicho artículo licencia para exposición pública.

123.16B9

22 CFR 123.16 (b) (9) Exportación temporal de componentes, piezas, herramientas o equipamiento de prueba sin clasificar a filiales o instalaciones propiedad o bajo el control de la persona de EE.UU.

123.17A

22 CFR 123.17 (a) Componentes y piezas de armas de fuego de Categoría I (a) que no superen los 100 USD en venta al por mayor.

123.17B

22 CFR 123.17 (b) Armas de fuego no automáticas de Categoría I (a) fabricadas en o antes de 1898, o réplicas.

123.17C

22 CFR 123.17 (c) Exportación temporal de no más de tres armas de fuego no automáticas de Categoría I (a) y de no más de 1.000 cartuchos.

123.17D

22 CFR 123.17 (d) Armas de fuego para extranjeros introducidas según 27 CFR 178.115 (d).

123.17E

22 CFR 123.17 (e) No más de 1.000 cartuchos de munición para armas de fuego no automáticas para uso personal.

123.17F

22 CFR 123.17 (f) Exportación temporal de un juego de "chaleco antibalas" para uso personal sin licencia de EE.UU. por personas de EE.UU. según lo definido en ITAR 120.14.

123.17G

22 CFR 123.17 (g) Exportación temporal de un juego de "chaleco antibalas" para uso personal sin licencia por personas de EE.UU. según lo definido en ITAR 120.14 con destino a Afganistán e Irak.

123.17 H

22 CFR 123.17 (h) Exportaciones temporales de chalecos antibalas, con posible inclusión de casco o equipo protector frente a agentes químicos (que podría incluir un bote de filtro adicional) para uso personal con destino Irak. 

123.17 I

22 CFR 123.17 (i) Exportaciones temporales de chalecos antibalas, con posible inclusión de casco o equipo protector frente a agentes químicos (que podría incluir un bote de filtro adicional) para uso personal con destino Afganistán.

123.18A1

22 CFR 123.18 (a) (1) Armas de fuego no automáticas para clubes militares de miembros de las Fuerzas Armadas de EE.UU.

123.18A2

22 CFR 123.18 (a) (2) Armas de fuego no automáticas para uso personal por parte de miembros de las Fuerzas Armadas de EE.UU. o empleados civiles del Departamento de Defensa.

123.18A3

22 CFR 123.18 (a) (3) Armas de fuego no automáticas para uso personal de empleados gubernamentales de EE.UU.

123.18B

22 CFR 123.18 (b) No más de 1.000 cartuchos de munición para uso personal por parte de empleados gubernamentales de EE.UU.

123.19

22 CFR 123.19 Envíos a la frontera canadiense y mexicana.

124.2A

22 CFR 124.2 (a) Formación sobre funcionamiento y mantenimiento básicos de artículos de defensa autorizados para la exportación al mismo destinatario.

124.2B

22 CFR 124.2 (b) Servicios de defensa realizados por personas de EE.UU. reclutadas para las fuerzas militares de una nación extranjera.

124.2C

22 CFR 124.2 (c) Formación en mantenimiento o formación en rendimiento para países de la OTAN, Australia, Japón y Suecia.

124.3A

22 CFR 124.3 (a) Datos técnicos sin clasificar dentro del ámbito de una licencia de fabricación aprobada o un acuerdo de asistencia técnica.

124.3B

22 CFR 124.3 (b) Datos técnicos sin clasificar en respaldo de una licencia de fabricación aprobada o un acuerdo de asistencia técnica.

125.2B

22 CFR 125.2 (b) Datos técnicos para el archivado en el extranjero de aplicaciones de patente que no superen su archivado de patente nacional.

125.4B1

22 CFR 125.4 (b) (1) Datos técnicos que respondan a una solicitud oficial por escrito o a una directiva del Departamento de Defensa.

125.4B2

22 CFR 125.4 (b) (2) Datos técnicos en respaldo de un acuerdo aprobado según 22 CFR Parte 124.

125.4B3

22 CFR 125.4 (b) (3) Datos técnicos en respaldo de un contrato entre el exportador y una agencia gubernamental de EE.UU. que no revelen detalles de diseño, desarrollo, producción o fabricación de artículos de defensa.

125.4B4

22 CFR 125.4 (b) (4) Copias de datos técnicos autorizados previamente para su exportación al mismo destinatario.

125.4B5

22 CFR 125.4 (b) (5) Datos técnicos en relación con formación, mantenimiento y operaciones básicas al mismo destinatario de artículos de defensa exportados legalmente.

125.4B6

22 CFR 125.4 (b) (6) Datos técnicos relacionados con armas de fuego que no superen el calibre .50 y munición que no supere el calibre .50, sin incluir detalles de diseño, desarrollo, producción o fabricación.

125.4B7

22 CFR 125.4 (b) (7) Datos técnicos devueltos a su lugar original de importación.

125.4B8

22 CFR 125.4 (b) (8) Datos técnicos relacionados con información clasificada autorizada previamente para su exportación al mismo destinatario, sin incluir detalles de diseño, desarrollo, producción o fabricación.

125.4B9

22 CFR 125.4 (b) (9) Datos técnicos enviados por una corporación de EE.UU. a una persona de EE.UU. empleada por dicha corporación en el extranjero o a una agencia gubernamental de EE.UU.

125.4B10

22 CFR 125.4 (b) (10) Datos técnicos sin clasificar en EE.UU. por una institución estadounidense de enseñanza superior para un empleado extranjero a tiempo completo.

125.4B11

22 CFR 125.4 (b) (11) Exención por escrito otorgada al exportador de la Junta directiva de la Oficina de controles para la defensa comercial respecto a datos técnicos relacionados con un acuerdo con el Departamento de Defensa, el Departamento de Energía o la NASA.

125.4B12

22 CFR 125.4 (b) (12) Datos técnicos exentos según 22 CFR 126.

125.4B13

22 CFR 125.4 (b) (13) Datos técnicos para su publicación por una agencia gubernamental de EE.UU. consciente o la Junta directiva de la oficina para la libertad de expresión y la revisión de la seguridad.

125.4C

22 CFR 125.4 (c) Servicios de defensa y datos técnicos sin clasificar para nacionales de países de la OTAN, Australia, Japón y Suecia en respuesta a una solicitud por escrito del Departamento de Defensa de presupuesto o propuesta de oferta.

125.5A

22 CFR 125.5 (a) Datos técnicos sin clasificar durante visita a planta clasificada autorizada por la Junta directiva de la Oficina de controles para la defensa comercial; programa de gobierno a gobierno aprobado; o agencia gubernamental estadounidense con jurisdicción de clasificación sobre artículos de defensa clasificados o datos técnicos clasificados.

125.5B

22 CFR 125.5 (b) Datos técnicos clasificados durante visita a planta aprobada por la agencia gubernamental estadounidense apropiada.

125.5C

22 CFR 125.5 (c) Datos técnicos sin clasificar durante visita a planta aprobada por la Junta directiva de la Oficina de controles para la defensa comercial.

126.3

22 CFR 126.3 Adversidad excesiva o excepcional.

126.4A

22 CFR 126.4 (a) Importación temporal o exportación temporal de artículos de defensa, datos técnicos o servicios de defensa por o para una agencia gubernamental de EE.UU.

126.4C

22 CFR 126.4 (c) Importación temporal, exportación temporal o exportación permanente de artículos de defensa, datos técnicos, o servicios de defensa para uso final por parte de una agencia gubernamental de EE.UU. en un país extranjero.

126.5A

22 CFR 126.5 (a) Importación temporal y devolución a Canadá de artículos de defensa sin clasificar con origen en Canadá.

126.5B

22 CFR 126.5 (b) Exportación permanente o temporal de ciertos artículos de defensa, datos técnicos relacionados y servicios de defensa para uso final en Canadá.

126.5C

22 CFR 126.5 (c)  Servicios de defensa o datos técnicos para Canadá.

126.6A

22 CFR 126.6 (a) Artículo de defensa o datos técnicos, vendidos, alquilados o prestados por el Departamento de Defensa a un país extranjero o una organización internacional.

126.6B

22 CFR 126.6 (b) Navío o aeronave militar extranjera.

126.6C

22 CFR 126.6 (c)  Artículo de defensa, datos técnicos o servicio de defensa vendido, alquilado o prestado por el Departamento de Defensa según el programa de ventas militares para países extranjeros.

126.16E1

Operaciones de contraterrorismo o militares combinadas entre Australia y EE.UU .

126.16E2

Programas de respaldo, investigación en seguridad y defensa cooperativa, desarrollo y producción entre EE.UU. y Australia.

126.16E3

Proyectos de defensa y seguridad específicos determinados mutuamente en los que el gobierno de Australia es el usuario final.

126.16E4

Uso final del gobierno de EE.UU.

126.17E1

Operaciones de contraterrorismo o militares combinadas entre EE.UU. y Reino Unido

126.17E2

Programas de respaldo, investigación en seguridad y defensa cooperativa, desarrollo y producción entre EE.UU. y Reino Unido.

126.17E3

Proyectos de defensa y seguridad específicos determinados mutuamente en los que el gobierno de Reino Unido es el usuario final.

126.17E4

Uso final del gobierno de EE. UU.