Códigos de leyenda de exención de AES

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Código

Descripción

NOEEI 30.2(d)(1)

Mercancías enviadas bajo depósito CBP a través de EE. UU., Puerto Rico, o las Islas Vírgenes estadounidenses desde un área o país extranjero a otro en el que tales mercancías no entran en los canales de consumo de EE. UU.

NOEEI 30.2(d)(2)

Las mercancías enviadas desde territorios estadounidenses y las enviadas entre EE. UU. y estos territorios no requieren archivado de EEI.

NOEEI 30.2(d)(4)

Mercancías enviadas hacia o desde la Base Naval de la Bahía de Guantánamo en Cuba y EE. UU.

NOEEI 30.36

Envíos a Canadá y no controlados por BIS, Estado/ITAR u otras normativas de licencia.

NOEEI 30.37(a)

Valores de mercancías clasificadas bajo una Programación B o HTS por debajo de 2.501 USD y no controlados por un permiso/licencia de exportación del gobierno de EE. UU. o exención de ITAR.

NOEEI 30.37(c)

Envíos desde un punto de EE. UU. a otro punto de EE. UU. por rutas que atraviesen  Canadá o México.

NOEEI 30.37(d)

Envíos desde un punto de Canadá o México que atraviesen EE. UU. hacia otro punto en el mismo país por rutas a través de EE. UU.

NOEEI 30.37(f)

Las exportaciones de tecnología y software según están definidas en 15 CFR sección 772 de EAR que no requieran una licencia de exportación están exentas de los requisitos de archivado de AES.

NOEEI 30.37(g)

Libros, mapas, gráficos, panfletos y artículos similares enviados por las oficinas gubernamentales de EE.UU. a bibliotecas, establecimientos gubernamentales e instituciones similares del extranjero según lo previsto en 15 CFR 30.40(d).

NOEEI 30.37(h)

Envíos, salvo los que requieren licencia, conforme a lo autorizado bajo la excepción de licencia GFT para paquetes de regalo y donaciones humanitarias (consulte 15 CFR 740.12 de EAR para obtener más información).

NOEEI 30.37(i)

Cualquier bolsa, paquete, sobre, maleta u otro contenedor debidamente identificado/sellado empleado para transportar correspondencia/documentos oficiales para su uso entre embajadas/consulados y la oficina de asuntos exteriores de cualquier gobierno.

NOEEI 30.37(j)

Restos humanos y las flores y los receptáculos apropiados que los acompañen.

NOEEI 30.37(k)

Envíos de correspondencia entre plantas y otros documentos empresariales desde una empresa estadounidense a su subsidiaria o filial. (Se excluyen planos de alto nivel técnico, etc. que puedan estar sometidos a licencia.)

NOEEI 30.37(l)

Envíos de mascotas como equipaje, acompañadas o sin acompañar, de personas que dejen EE. UU., incluidos miembros de tripulaciones de barcos y aeronaves.

NOEEI 30.37(m)

Mercancías de compañías de transportes, no enviadas bajo conocimiento de embarque o carta de porte aéreo.

NOEEI 30.37(n)

Embalaje, no enviado bajo conocimiento de embarque o carta de porte aéreo según lo definido en 30.37(n).

NOEEI 30.37(o)

Envíos de equipamiento/piezas de aeronaves, para su uso en aeronaves por una línea aérea estadounidense para sus propias instalaciones, aeronaves y agentes en el extranjero, bajo excepción de licencia EAR (AVS) para aeronaves y navíos (consulte 15CFR740.15(c)).

NOEEI 30.37(s)

Billetes de banco, valores y monedas puestos en circulación exportadas como prueba de reclamaciones financieras.
Nota: Es preciso archivado de AES para billetes de banco, valores y monedas que no estén en circulación.

NOEEI 30.37(t)

Documentos usados en transacciones internacionales, que se muevan desde EE. UU. para facilitar transacciones internacionales como, por ejemplo, billetes de avión, sellos fiscales internos, sellos de licores y folletos publicitarios.

NOEEI 30.37(u)

Exportaciones de datos técnicos y exenciones de servicios de defensa como los citados en 22 CFR 123.22(b)(3)(iii) de ITAR.

NOEEI 30.37(v)

Navíos, aeronaves y otros vehículos, tráilers, palés o contenedores de envío similares no considerados "enviados" en términos de FTR cuando se mueven como contenedores de mercancías o como instrumentos de dichos contenedores.

NOEEI 30.37(w)

Envíos a través de Oficina de Correos del Ejército, Oficina de Correos Diplomática u Oficina de correos de la Armada.

NOEEI 30.37(x)

Envíos exportados bajo equipaje con excepción de licencia (BAG) (15 CFR 740.14).

NOEEI 30.37(y)(1)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: Libros, mapas, gráficos, panfletos y similares para bibliotecas, establecimientos gubernamentales o instituciones similares del extranjero.

NOEEI 30.37(y)(2)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: Los envíos a agencias/empleados del gobierno estadounidense según la excepción de licencia GOV de EAR 740.11 valorados en <2500 USD según el Programa B/HTS.

NOEEI 30.37(y)(3)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: Efectos personales según EAR 740.14(b)(1) exportados legalmente bajo la excepción de licencia BAG de EAR (15 CFR 740).

NOEEI 30.37(y)(4)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: paquetes de regalo y donaciones humanitarias exportadas legalmente bajo la excepción de licencia GFT de EAR (15 CFR 740.12).

NOEEI 30.37(y)(5)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: Navíos y aeronaves que dejen legalmente EE. UU. para una estancia temporal en un país del Grupo de países E1.

NOEEI 30.37(y)(6)

No es necesario archivar en AES los envíos a un destino del Grupo de países E1 como en el suplemento 1 a EAR 740: Herramientas de comercio exportadas legalmente por un viajero y devueltas a EE. UU. en el plazo de 1 año conforme a las excepciones de licencia BAG o TMP.

NOEEI 30.39

Envíos a los Servicios Armados de EE. UU. No se aplica a mercancías controladas por USML/ITAR no enviados a los militares de EE. UU. pero previstos para su uso.

NOEEI 30.40(a)

Mobiliario de oficina, equipamiento de oficina y suministros de oficina enviados a empleados del gobierno de EE. UU y para su uso exclusivo.

NOEEI 30.40(b)

Artículos domésticos y propiedades personales enviadas a empleados gubernamentales de EE. UU y para su uso personal y exclusivo.

NOEEI 30.40(c)

Comida, medicina, mercancías para economatos y suministros relacionados enviados a oficinas, empleados cooperantes/asociaciones de empleados del gobierno de EE. UU. para el uso exclusivo de dichos empleados u otra distribución a tales empleados.