Herramienta de consulta de reembolsos arancelarios de la IEEPA
En el marco de un proceso gradual, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) ya está aceptando solicitudes de reembolso por los aranceles que fueron invalidados recientemente por la Corte Suprema de Estados Unidos. La fase uno cubre determinados pagos de aranceles realizados a partir del 30 de enero de 2026, además de los pendientes.
UPS está procesando reembolsos para envíos elegibles en los que actuamos como importador. Ampliaremos nuestras iniciativas a medida que la CBP ponga en marcha futuras fases. Nos comprometemos a apoyar a nuestros clientes durante el proceso de reembolso.
Ingrese el tipo de identificador de su envío (por ejemplo, número de rastreo o dirección de envío) para averiguar si tiene derecho a un reembolso de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y qué fase* se aplica.
Las entradas marcadas como “fase futura” pueden incluirse en una próxima fase de reembolso de la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
* Campos obligatorios
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) procesará las solicitudes y emitirá reembolsos arancelarios de la IEEPA a los IOR en varias fases.
- La fase uno solo se ocupa de determinadas entradas no liquidadas y de otras a menos de 80 días de la liquidación. Esto significa que solo algunos pagos de aranceles realizados a partir del 30 de enero de 2026, además de los pendientes, son elegibles para reembolsos contemplados en la fase uno.
- La fase dos se centra en las solicitudes de reembolso de los partidas arancelarias señaladas para su conciliación. UPS no actúa como IOR para estas transacciones, por lo que no podemos gestionar los reembolsos que cumplen los requisitos de la fase dos en nombre de nuestros clientes. Estos clientes deberán solicitar los reembolsos directamente a la CBP. Visite la página web de reembolsos de la IEEPA de la CBP [cbp.gov] para obtener más detalles.
La CBP ha confirmado que se irán publicando fases adicionales con el tiempo, pero no ha publicado criterios de elegibilidad detallados, la secuencia ni el calendario de esas fases futuras. Seguimos de cerca las novedades legales y compartiremos noticias cuando estén disponibles.
Declaración de UPS
UPS está tramitando los reembolsos de aranceles de la IEEPA para los envíos que cumplen los requisitos en los que actuamos como Importador Registrado (IOR).
Nos comprometemos a emitir reembolsos, junto con los intereses correspondientes, a los pagadores lo antes posible. Nuestro equipo especializado está procesando millones de registros y llevando a cabo los pasos necesarios de revisión contable, validación y conciliación para asegurar que cada reembolso sea preciso y seguro.
Sabemos que estos reembolsos son importantes para nuestros clientes y agradecemos su paciencia a lo largo de este complejo proceso. Seguimos enfocados en mantener los envíos en movimiento y compartiremos actualizaciones según estén disponibles.
Para obtener más información sobre las siguientes fases de los reembolsos contemplados en la IEEPA, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
Noticia del Gobierno de Estados Unidos
- La CBP sigue procesando las solicitudes de reembolso que cumplen los requisitos de la fase uno presentadas a través de la plataforma CAPE y ha comenzado a emitir reembolsos de la IEEPA a los IOR de forma continua.
- La CBP puso en marcha la fase dos el 29 de junio y comenzó a aceptar solicitudes de reembolso de aranceles para las entradas marcadas para conciliación. UPS no actúa como IOR para estas transacciones, por lo que no podemos gestionar los reembolsos que cumplen los requisitos de la fase dos en nombre de nuestros clientes. Estos clientes deberán solicitar los reembolsos directamente a la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
- La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) iniciará la Fase Tres el 6 de octubre. Esta fase abarcará las solicitudes de reembolso correspondientes a importaciones que hayan sido liquidadas definitivamente, en las que se haya presentado una demanda ante el Tribunal de Comercio Internacional y se haya emitido una orden judicial. Una vez que se liquida una importación, la CBP ha completado su revisión y la entrada se considera, en términos generales, cerrada. En este momento, UPS no ha presentado una demanda por importaciones en las que hayamos actuado como Importador de Registro (IOR). UPS sigue vigilando de cerca los desarrollos legales relacionados con las importaciones elegibles para la Fase Tres.
Para obtener más información sobre el proceso de reembolsos contemplados en la IEEPA, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
Qué está haciendo UPS
UPS se compromete a ayudar a los clientes a explorar los cambios en las políticas de comercio global y a adaptarse a ellos, al mismo tiempo que cumple con todas las regulaciones gubernamentales.
- UPS presentó solicitudes de reembolso para todos los envíos que cumplían los requisitos de la fase uno en los que actuamos como IOR.
- UPS ha comenzado a emitir reembolsos de los aranceles IEEPA, incluidos los intereses correspondientes, a los remitentes y consumidores que pagaron esos cargos. Estos reembolsos se emiten de forma continua una vez que recibimos los fondos correspondientes de la CBP y completamos los pasos necesarios de revisión contable, validación y conciliación.
- Si usted es elegible para recibir un reembolso de la fase uno, procesaremos su reembolso y cualquier interés que corresponda aplicándolo primero a las facturas vencidas en su cuenta. Cualquier saldo restante se devolverá a su método de pago original, mediante cheque o por ACH.
- Tenga en cuenta que UPS no ha recibido reembolsos por todos los envíos que cumplen los requisitos para los reembolsos de aranceles de la IEEPA. El Tesoro de Estados Unidos continúa enviando los reembolsos de la fase uno de forma continua. UPS no puede emitir reembolsos hasta que recibamos los fondos de la CBP y completemos nuestros procesos de revisión, validación y conciliación.
UPS ha lanzado una herramienta de búsqueda de reembolso de aranceles de la IEEPA para ayudar a los remitentes a identificar qué envíos pueden ser elegibles para un reembolso y a qué fase de reembolso corresponde.
Cómo funciona:
- Inicie sesión en tu perfil de UPS.com para ver todos los envíos que pueden optar a un reembolso y que están asociados a la(s) cuenta(s) vinculada(s) a su perfil.
- También puede buscar envíos individuales por número de rastreo o dirección de entrega.
Las entradas marcadas como “fase futura” pueden incluirse en una próxima fase de reembolso de la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
Preguntas frecuentes
UPS ha lanzado una herramienta de búsqueda de reembolso de aranceles de la IEEPA para ayudar a los remitentes a identificar qué envíos pueden ser elegibles para un reembolso y a qué fase de reembolso corresponde.
Cómo funciona:
- Inicie sesión en tu perfil de UPS.com para ver todos los envíos que pueden optar a un reembolso y que están asociados a la(s) cuenta(s) vinculada(s) a su perfil.
- También puede buscar envíos individuales por número de rastreo o dirección de entrega.
Las entradas marcadas como “fase futura” pueden incluirse en una próxima fase de reembolso de la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
- La fase dos se pondrá en marcha el 29 de junio y se centrará en las solicitudes de reembolso de las entradas arancelarias señaladas para su conciliación. UPS no actúa como IOR para estas transacciones, por lo que no podemos gestionar los reembolsos que cumplen los requisitos de la fase dos en nombre de nuestros clientes. Estos clientes deberán solicitar los reembolsos directamente a la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
- La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) iniciará la Fase Tres el 6 de octubre. Esta fase abarcará las solicitudes de reembolso correspondientes a importaciones que hayan sido liquidadas definitivamente, en las que se haya presentado una demanda ante el Tribunal de Comercio Internacional y se haya emitido una orden judicial. Una vez que se liquida una importación, la CBP ha completado su revisión y la entrada se considera, en términos generales, cerrada. En este momento, UPS no ha presentado una demanda por importaciones en las que hayamos actuado como Importador de Registro (IOR). UPS sigue vigilando de cerca los desarrollos legales relacionados con las importaciones elegibles para la Fase Tres.
Para obtener más información sobre el proceso de reembolsos contemplados en la IEEPA, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
Nos comprometemos a emitir los reembolsos de los aranceles de la IEEPA, junto con los intereses correspondientes, a los pagadores lo antes posible. Nuestro equipo especializado está procesando millones de registros y llevando a cabo los pasos necesarios de revisión contable, validación y conciliación para asegurar que su reembolso sea preciso y seguro.
Sabemos que estos reembolsos son importantes para nuestros clientes y agradecemos su paciencia durante este complejo proceso.
Tenga en cuenta que UPS no ha recibido reembolsos por todos los envíos que cumplen los requisitos para los reembolsos de aranceles de la IEEPA. El Tesoro de Estados Unidos continúa enviando los reembolsos de la fase uno de forma continua. UPS no puede emitir reembolsos hasta que recibamos los fondos de la CBP y completemos nuestros procesos de revisión, validación y conciliación.
CBP ha comenzado a emitir reembolsos contemplados en la IEEPA a los IOR de forma continua, pero no podemos confirmar cuándo se emitirá un reembolso en particular.
Nos comprometemos a emitir los reembolsos de los aranceles de la IEEPA, junto con los intereses correspondientes, a los pagadores lo antes posible. Nuestro equipo especializado está procesando millones de registros y llevando a cabo los pasos necesarios de revisión contable, validación y conciliación para asegurar que su reembolso sea preciso y seguro.
Sabemos que estos reembolsos son importantes para usted y agradecemos su paciencia durante este complejo proceso.
Puede confirmar el importador registrado (IOR) marcando una de las siguientes fuentes:
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UPS Supply Chain Symphony: si tenía una cuenta de UPS Supply Chain Symphony cuando se pagó el arancel contemplado en la IEEPA, inicie sesión y seleccione un número de entrada de envío.
- El IOR aparece en el campo Contactos. Si su nombre aparece en la lista, usted es el IOR. Si UPS aparece en la lista, UPS es el IOR.
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UPS Billing Center: si tenía una cuenta de UPS Billing Center cuando se pagó el arancel contemplado en la IEEPA, conéctese y vaya a Mis facturas.
- Seleccione Descargar documentos y haga clic en el Número de envío para acceder al Resumen de entrada en aduana (Formulario 7501) de ese envío.
- Verifique el campo Importador registrado. Si su nombre aparece en la lista, usted es el IOR. Si UPS aparece en la lista, UPS es el IOR.
- Nota: Los justificantes únicamente están disponibles para las facturas que se generaron después de crear su cuenta.
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UPS Quantum View Manage: si tenía una cuenta de UPS Quantum View Manage cuando se pagó el arancel contemplado en la IEEPA, puede solicitar el Resumen de entrada en aduana (Formulario 7501) para los envíos del último año.
- Vaya a la pestaña Importaciones y establezca el intervalo de fechas deseado. Aparecerá un resumen de los envíos de importación para ese intervalo de fechas.
- En Detalles del envío, haga clic en Descargar imágenes.
- En Imágenes del envío, seleccione CF 7501 y haga clic en Descargar para recibir los documentos solicitados.
- Verifique el campo Importador registrado. Si su nombre aparece en la lista, usted es el IOR. Si UPS aparece en la lista, UPS es el IOR.
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Portal ACE de la CBP: si tiene acceso al portal ACE de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU., también puede verificar allí el IOR de sus envíos. Obtenga más información sobre las cuentas de la ACE aquí.
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Para la mayoría de los destinatarios particulares: si usted es un particular que pagó los derechos e impuestos a través de UPS, UPS será normalmente el IOR.
- Para los envíos en los que UPS era el IOR, trabajaremos para solicitar y recuperar los reembolsos de aranceles contemplados en la IEEPA de la CBP en nombre de nuestros clientes. No es necesario que esos clientes se pongan en contacto con UPS. Hemos establecido un proceso para emitir reembolsos a los pagadores después de que recibamos los fondos de la CBP.
- Para los envíos en los que UPS no era el IOR, el IOR deberá solicitar su reembolso directamente a la CBP. Para obtener más información, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) procesará las solicitudes y emitirá reembolsos a los IOR en varias fases. Esta primera fase abarcará únicamente las solicitudes de reembolso de determinadas entradas no liquidadas y de determinadas entradas a menos de 80 días de la liquidación. Esto significa que solo algunos pagos de aranceles realizados a partir del 30 de enero de 2026, además de los pendientes, son elegibles para reembolsos contemplados en la fase uno. Para obtener más información sobre las próximas fases, visite la página web de reembolsos contemplados en la IEEPA de la CBP.
Nota
A la fecha de esta publicación, las políticas vigentes están en proceso de desarrollo. Este contenido es solo para fines informativos. No constituye asesoramiento legal ni profesional. La información que se incluye en este documento se obtuvo de fuentes gubernamentales, de sectores y de otras fuentes públicas (que están sujetas a cambios y que UPS no ha verificado de forma independiente), y está sujeta a cambios. Usted es el único responsable de determinar la utilidad de cualquier información facilitada. Antes de actuar sobre la base de esta información, debe buscar asesoramiento profesional acerca de su aplicabilidad a sus circunstancias específicas.