Adaptación a los cambios en el límite de minimis de la UE

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Estamos aquí para ayudarlo a entender lo que significan los cambios aduaneros para sus envíos.

¿Qué cambió el 1 de julio de 2026?

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Hasta el 1 de julio de 2026, los paquetes con un valor intrínseco inferior a €150 enviados desde un tercer país a consumidores de la Unión Europea (UE) se beneficiaban de una exención de derechos de aduana bajo la llamada liberación del límite de minimis, aunque los requisitos de IVA y de declaración de aduanas aún se aplicaban.

A partir del 1 de julio de 2026, se ha eliminado esta exención de derechos de aduana de €150.

Nota

La información presentada se basa en nuestro entendimiento actual de la reglamentación aplicable y su legislación de implementación, se actualizará según sea necesario una vez que se adopten y publiquen los textos legales finales, y se proporciona solo con fines informativos, no constituye asesoramiento legal y los participantes siguen siendo responsables de llevar a cabo su propia diligencia debida adecuada.

Comprender los requisitos del límite de minimis de la UE

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Por qué cambian las normas de aduanas de la UE

Con el crecimiento del comercio electrónico, hay una percepción creciente de que la exención del límite de minimis de €150 ya no está justificada porque puede crear competencia desleal. La eliminación del umbral está destinada a reducir las diferencias en el tratamiento entre el comercio electrónico (importaciones directas de paquetes individuales de hasta €150) y el comercio minorista tradicional (importaciones de mercancías a granel).

Qué cambiará para sus envíos

  1. La exención de derechos de aduana de €150 finalizará
    Los envíos B2C de bajo valor valuados en €150 o menos estarán sujetos a un cargo de derechos de aduana fijo de €3 por artículo de línea, ya sea que se envíen bajo los modelos IOSS o no IOSS. Los envíos B2B de bajo valor con un valor de €150 o menos pueden estar sujetos a derechos de aduana ad valorem.
  2. Se debe identificar el estado del envío del negocio o del consumidor
    Para cada envío, los remitentes deben indicar si el remitente y el destinatario son empresas o particulares.
  3. Cada paquete requerirá su propia declaración de aduana
    Todos los envíos B2C valuados en €150 o menos necesitarán declaraciones de aduana individuales, independientemente de si se utiliza IOSS.
  4. Los envíos que no son IOSS deben pasar por el despacho de aduanas en el país de destino
    Para envíos B2C que no son IOSS, el despacho de aduanas deberá tener lugar en el país de la UE donde el cliente recibe las mercancías.
  5. Se necesitará información adicional del producto
    A partir del 1 de noviembre, se requerirán tres identificadores de producto por artículo para envíos B2C: ID de producto del comerciante, ID de producto del fabricante y, cuando esté disponible, ID de producto estandarizado.
  6. Es posible que las mercancías B2C devueltas ya no califiquen para reembolsos de derechos de aduana automáticos
    Es posible que las empresas con grandes volúmenes de devoluciones, como los minoristas de moda, calzado y electrónica, tengan que revisar sus políticas de devolución y los procesos de pago antes de su implementación.

Qué significa esto para los remitentes

Identificadores de producto (PID): Los tres tipos que deberá proporcionar a partir del 1 de noviembre

Identificador de producto del comerciante
Obligación: Siempre obligatorio

Definición: Referencia de producto propia del vendedor o la plataforma: SKU, ID de lista, ASIN o similar.

Identificador de producto del fabricante
Obligación: Siempre obligatorio

Definición: Referencia de producto propia del fabricante que no cumple con un estándar reconocido internacionalmente (por ejemplo, un código de modelo de propiedad exclusiva). Complementa el identificador del comerciante.

Identificador de producto estandarizado
Obligación: Obligatorio donde exista para el artículo

Definición: GTIN, EAN, UPC o un estándar equivalente reconocido internacionalmente. Este es el identificador de mayor prioridad y reemplaza los identificadores de nivel inferior para el perfil de riesgo de aduana y fines de cumplimiento del producto.

¿Qué productos están exentos de los requisitos de identificador del producto?

Las categorías de productos enumeradas anteriormente están sujetas a una tolerancia administrativa. Por lo general, estas mercancías no tienen identificadores de producto del fabricante o del comerciante. Esto incluye mercancías agrícolas no procesadas cubiertas por los Capítulos 1 a 15, productos hechos a mano y artesanales clasificados bajo los códigos arancelarios aplicables, y antigüedades, obras de arte, estampillas y monedas clasificadas en virtud del Capítulo 97. Para estos productos, la aduana considerará que se cumple con el requisito de identificador de producto cuando los campos ID de producto del comerciante e ID de producto del fabricante se proporcionen en los campos de datos respectivos.

Qué significa esto para sus datos de envío: Si sus productos califican para una tolerancia administrativa, no necesita proporcionar valores de identificador de producto (PID). En su lugar, indique la exención utilizando el Indicador de exención de categoría de la mercancía y asegúrese de que la clasificación correcta del producto esté incluida en sus datos de envío.

Usted es responsable de determinar si sus productos requieren PID o califican para una categoría de tolerancia administrativa. Si se proporciona información de PID para un producto exento, se aceptará de todos modos y no se espera que genere errores de validación.

Reglas de cuidados de la salud y mercancías sin una excepción general

Para productos para la salud, el identificador requerido puede variar dependiendo del tipo de producto:

No exceptuado: se requiere PID completo

Otros casos no reciben tratamiento privilegiado:

¿Qué sucede si no proporciono los identificadores de producto cuando son obligatorios?

A partir del 25 de octubre de 2026, se requerirán el PID de comerciante y el PID de fabricante para productos no exentos. Si falta información de PID, el envío podría no ser validado ni procesado. Revise su lógica de validación.

Los requisitos de PID se aplican a nivel de producto individual (nivel de línea de factura de la mercancía). Si su envío contiene múltiples productos, algunos pueden requerir información de PID, mientras que otros pueden estar exentos.

Cómo puede prepararse

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Cómo funcionan los identificadores de producto

¿Envía mercancías B2C a la UE? Asegúrese de que cada producto incluya los tres identificadores de producto (PID) requeridos.

Más información

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Prepárese para los requisitos de PID

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Los envíos que lleguen a la UE después del 1 de noviembre sin los PID requeridos pueden retrasarse, devolverse o incurrir en un cargo de notificación previa a la liberación. Para prepararse, consulte la siguiente guía en base al sistema de envío de UPS que utilice:

Usuarios de API de envío de UPS

su integración debe incluir los PID requeridos, los indicadores de envío B2B/B2C y el Motivo de la exportación para los envíos aplicables con destino a la UE.

Consulte nuestra guía

Usuarios de UPS WorldShip

Asegúrese de estar utilizando la última versión de WorldShip, que incluye los campos de PID requeridos.

Consulte nuestra guía

Usuarios host a host (H2H)

Prepare sus sistemas para admitir datos de PID, junto con los indicadores de envío B2B/B2C requeridos y el campo Motivo de la exportación.

Consulte nuestra guía

Cargar mi formulario

Si utiliza Cargar mi formulario, asegúrese de que su factura comercial incluya la información de PID requerida, con cada tipo de PID anotado, para cada artículo en la línea de mercancías en los envíos elegibles.

Usuarios de UPS.com y CampusShip

Para envíos sujetos a los requisitos de PID, los campos de PID aparecerán automáticamente cuando complete la factura comercial en el flujo de envío.

De un vistazo: Diferencias clave entre envíos B2B y B2C

  • Tema
  • B2B
  • B2C
  • Exención de aranceles hasta €150
  • Finaliza a partir del 1 de julio de 2026
  • Finaliza a partir del 1 de julio de 2026
  • Cargos por aranceles de importación
  • Se aplican tarifas estándar de derechos de aduana ad valorem
  • €3 de derechos de aduana fijos por artículo de línea del código HS
  • Declaraciones de aduana
  • Las declaraciones consolidadas aún se pueden utilizar donde sean elegibles (no para ventas a distancia)
  • Se requieren declaraciones a nivel de artículo para todos los envíos (IOSS y no IOSS)
  • Ubicación de despacho de aduanas
  • Sin cambios en el proceso actual
  • Los envíos que no son IOSS deben pasar por el despacho de aduanas en el país de destino
  • Requisitos de ID de producto
  • No requerido
  • A partir del 1 de noviembre, se exigirán tres identificadores de producto para cada artículo de línea.

Su lista de verificación de acciones antes del 1 de noviembre

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